18 años de cárcel contra la pornografía infantil, aprueba Congreso de Guerrero
Chilpancingo, Guerrero., 26 de marzo de 2025.- Diputadas y diputados integrantes de la LXIV Legislatura aprobaron reformas y adiciones al Código Penal para el Estado de Guerrero para aumentar la penalidad hasta 18 años de prisión por el delito de pornografía infantil en la entidad.
De acuerdo con el dictamen emitido por la Comisión de Justicia, derivado de una propuesta realizada por la diputada Diana Bernabé Vega, el objetivo de estas modificaciones es garantizar los derechos fundamentales de las niñas, niños y adolescentes a una vida digna, libre de violencia y explotación sexual, debido a los altos índices del delito de pornografía infantil.
Al fundamentar el dictamen, a nombre de la Comisión, el diputado Jorge Iván Ortega Jiménez dijo que este delito lacera la dignidad de las víctimas, deja secuelas permanentes y con el uso de tecnologías se ha convertido en una amenaza creciente y global.
Al aumentar la penalidad por estos delitos se responde a una necesidad, ya que de acuerdo con datos del INEGI en el 2022 se registraron 15 mil 100 casos de abusos contra menores, de los cuales 10 mil 300 corresponden a pornografía infantil, que ha sido facilitada en gran medida por el uso de la tecnología, por lo que es necesario endurecer las sanciones para evitar este comportamiento.
De esta manera, con la reforma al artículo 173 al Código Penal del Estado, se establece que se impondrá pena de 12 a 16 años de prisión y de mil 200 a mil 600 días de multa para quienes induzcan, procuren, faciliten, fijen por cualquier medio a una persona menor de edad o que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho, a realizar actos de índole sexual o de exhibicionismo corporal real o simulados, con el fin de grabarlos, audiograbarlos, videograbarlos, fotografiarlos, filmarlos, exhibirlos o describa a través de anuncios.
Además, se impondrá de 14 a 18 años de prisión y de mil 400 a mil 800 días de multa para quienes comercialicen material con contenido pornográfico de menores, es decir, a quien posea, financie, reproduzca, ofrezca, almacene, distribuya, venda, compre, rente, exponga, publique, transmita, importe o exporte por cualquier medio grabaciones, audiograbaciones, videograbaciones, fotografías, filmes o descripciones.
Con estas modificaciones, “se envía el mensaje claro de que en Guerrero no hay lugar para quienes atenten contra la infancia, no habrá impunidad para los depredadores sexuales ni para quienes lucran con el dolor ajeno”, expresó el legislador.
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